Territorio y construcciónOaxaca

Criterios y acciones

C04 · Verificación de pruebas de carga · 2026-10-17

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Qué cambió

Se precisan la línea base, el punto y los instantes para comparar la deflexión máxima y la residual de las pruebas de carga; se coordina el índice común de comprobaciones.

Motivo: La precisión de la medición y del denominador de recuperación afecta la comprobación de aceptación del ensayo.

Apartados: 1.1. Alcance y relación con las otras tres normas; 1.2. Unidades, notación y referencias de edición; 2.3. Combinaciones y enlace con sismo y viento; 3.2. Resistencias de diseño; 4.1. Desplazamientos; 4.3. Otros estados de servicio; 7.2. Seguridad y evaluación; 8.1. Memoria común

1.1. Alcance y relación con las otras tres normas

1.1. Alcance y relación con las otras tres normas

1.1.1. Objeto. Esta Norma establece los criterios comunes para identificar las acciones sobre las edificaciones, integrar sus combinaciones y verificar los estados límite de seguridad y servicio comprendidos en el diseño estructural.

Para efectos de esta Norma, Reglamento designa el Reglamento de fraccionamientos, condominios, trámites, gestión y desarrollo urbano, construcciones y seguridad estructural del Estado de Oaxaca. En las cuatro normas se emplean las siguientes denominaciones: Norma de Criterios y Acciones, para la Norma Técnica Complementaria de Criterios y Acciones para el Diseño Estructural de las Edificaciones del Estado de Oaxaca; Norma de Sismo, para la Norma Técnica Complementaria para Diseño por Sismo del Estado de Oaxaca; Norma de Viento, para la Norma Técnica Complementaria para Diseño por Viento del Estado de Oaxaca; y Norma de Cimentaciones, para la Norma Técnica Complementaria para Diseño y Construcción de Cimentaciones del Estado de Oaxaca.

1.1.2. Aplicación conjunta. El proyecto estructural deberá relacionar estos criterios con las disposiciones específicas de diseño por sismo, diseño por viento y diseño y construcción de cimentaciones que le resulten aplicables. La memoria de cálculo identificará las acciones consideradas, las combinaciones utilizadas y las verificaciones correspondientes, conforme a los capítulos que regulen cada materia.

1.1.3. Campo de aplicación. La aplicación de esta Norma a obras nuevas e intervenciones en edificaciones existentes se sujetará al ámbito que establezcan el Reglamento y el instrumento de expedición. Cuando un sistema o una condición de proyecto quede fuera de los métodos regulados, su tratamiento se justificará conforme al procedimiento previsto para métodos alternativos y a las referencias técnicas admitidas por las disposiciones aplicables.

La comprobación comprenderá la trayectoria de las acciones desde su punto de aplicación hasta el terreno, incluidas uniones, apoyos, diafragmas y elementos secundarios que transmitan carga. Se elaborará para la configuración terminada y para las etapas de obra que tengan apoyos o cargas distintos. El responsable del proyecto estructural identificará y justificará expresamente los estados excluidos, aun cuando el cálculo se efectúe mediante programas informáticos.

Funciones y firmas. En las cuatro normas, responsable del proyecto estructural, o responsable estructural, designa a la persona proyectista que elabora y suscribe el cálculo, los planos y las especificaciones estructurales de su intervención. Responsable geotécnico designa a la persona especialista que elabora y suscribe el estudio, el modelo, los parámetros y las recomendaciones geotécnicas. Ambas personas comprobarán los datos intercambiados y resolverán conjuntamente las incompatibilidades entre acciones, apoyo y deformación.

El director responsable de obra coordinará la incorporación del proyecto y sus modificaciones a la ejecución, verificará la intervención de los especialistas exigibles y registrará las incidencias comprendidas en su actuación. Las funciones de dirección de obra se exigirán y adecuarán conforme al artículo 66 del Reglamento cuando una actuación esté exenta de responsiva; se mantendrán la autoría y la aceptación especializada que sean exigibles. El corresponsable, cuando sea exigible, identificará la especialidad, los documentos y las comprobaciones que cubre su responsiva. La autoría del cálculo, la revisión de especialidad y la coordinación de obra se identificarán por separado conforme a los artículos 65 a 68 del Reglamento; la firma de coordinación no sustituirá las otras funciones.

La persona ejecutora realizará los trabajos y las medidas de protección previstos y detendrá la actividad afectada ante peligro inmediato conforme al artículo 117 del Reglamento. La persona propietaria o poseedora conservará la documentación e instrumentará el mantenimiento y seguimiento que le corresponda. Estas denominaciones describen funciones; no crean categorías de registro ni exigen personas distintas para funciones que puedan recaer legalmente en una misma persona. La memoria identificará nombre, habilitación exigible, alcance, documentos y versión de cada intervención. La comprobación técnica de la especialidad conservará su exigibilidad además de la recepción o autorización administrativa.

1.2. Unidades, notación y referencias de edición

1.2. Unidades, notación y referencias de edición

1.2.1. Unidades. Las memorias, planos y resultados de cálculo identificarán las unidades utilizadas. Se empleará un sistema coherente de unidades y se documentarán las conversiones necesarias. Las expresiones no homogéneas se aplicarán exclusivamente con las unidades para las que estén definidas.

Como sistema de presentación se emplearán metro o milímetro para longitud, newton o kilonewton para fuerza, pascal o kilopascal para presión y segundo para tiempo. Se usarán 1 kPa = 1 kN/m², 1 MPa = 1 N/mm² y g = 9.80665 m/s² para convertir masa en peso. Kilogramo y tonelada sin la indicación de fuerza designarán masa; no se equiparará 1 kg con 1 N. Si una fuente histórica expresa kgf, se hará la conversión con 1 kgf = 9.80665 N y se conservará el valor original en el registro de cálculo.

Las tablas indicarán unidades en sus encabezados. Los factores adimensionales no llevarán unidades; los porcentajes se convertirán a fracción antes de intervenir en expresiones que así lo requieran. El redondeo final no reducirá la demanda ni aumentará la resistencia respecto del resultado calculado.

Convención común de entrega. Las hojas de intercambio entre especialidades presentarán fuerzas en kN, longitudes en m, momentos en kN·m, presiones y módulos en kPa y tiempo en s. Los desplazamientos podrán presentarse en mm si así se identifica junto a cada valor y límite. El cálculo interno podrá conservar otras unidades coherentes; la conversión se hará una sola vez al intercambiar resultados y quedará registrada. Las velocidades y constantes empíricas conservarán las unidades exigidas por su método.

Tabla 1. Equivalencias para intercambio de resultados.

Magnitud Conversión numérica Condición de uso
Fuerza y momento 1 kN = 1000 N; 1 kN·m = 1000 N·m El momento es fuerza multiplicada por longitud; kN/m es carga por longitud
Presión y módulo 1 kPa = 1000 Pa = 1 kN/m²; 1 MPa = 1000 kPa Convertir también la unidad de área si se usan mm²
Longitud 1 m = 1000 mm Convertir demanda y límite a la misma unidad antes de compararlos
Masa y peso m en kg = 1000 W en kN / 9.80665 W representa aquí peso, no la intensidad de carga viva media
Densidad y peso volumétrico γ en kN/m³ = ρ en kg/m³ × 9.80665 / 1000 ρ es densidad de masa; γ es peso por volumen
Masa y aceleración F en kN = m en kg × a en m/s² / 1000 Si la aceleración se da como fracción de g, convertirla primero a m/s²
Presión uniforme y área F en kN = p en kPa × A en m²; o p en Pa × A en m² / 1000 Conservar dirección y signo; integrar cuando la presión varíe
Velocidad v en m/s = V en km/h / 3.6 La conversión de unidad no cambia el tiempo de promediado de la velocidad

En un modelo coherente con kN, m y s, la unidad de masa es kN·s²/m, equivalente a 1000 kg; una masa expresada en kg no se introducirá sin conversión. Las rigideces de traslación se entregarán en kN/m y las de giro en kN·m/rad; los amortiguadores correspondientes, en kN·s/m y kN·m·s/rad. Los términos de acoplamiento identificarán la fuerza o momento y el desplazamiento o giro que relacionan. No se identificará la rigidez de un resorte con el módulo elástico del material ni con el módulo de reacción del terreno.

1.2.2. Notación. Cada símbolo utilizado en las expresiones de cálculo deberá asociarse con su significado y, cuando corresponda, con su unidad. Si se emplea una misma letra con significados distintos en diferentes verificaciones, éstos se identificarán expresamente para evitar ambigüedades.

Tabla 2. Notación de la Norma.

Símbolo Significado y ámbito Unidad
W, Wa, Wm Carga viva media, instantánea y máxima; 2.2 y 6.1 kN/m²
G, Gf, Gd Casos de acciones permanentes, parte favorable y desfavorable; 2.3 Según acción
V, Va, Vm Casos de carga viva derivados de W, Wₐ y Wₘ; 2.3 Según acción
S, Vv, Ad Casos de sismo, viento y acción accidental determinante; 2.3 Según acción
E[] Operador que obtiene el efecto de un conjunto de acciones; 2.3 Según efecto
Ed, Es Efecto de diseño o servicio: fuerza, momento, presión o desplazamiento kN, kN·m, kPa o longitud
FC, FR Factor de carga y factor de resistencia del mecanismo; 3.2–3.3 1
Rn, Rd Resistencia nominal y de diseño; 3.2 Unidad del efecto resistente
g Aceleración convencional de conversión, 9.80665 m/s²
m, ρ, γ Masa, densidad de masa y peso volumétrico; conversiones de 1.2 kg; kg/m³; kN/m³
F, p, A Fuerza, presión y área; conversiones de 1.2 kN; kPa; m²
V, v Velocidad, sólo en la conversión de 1.2; V no es aquí caso de carga viva km/h; m/s
L Claro en 4.1 y 7.2; longitud del tramo en 6.2 mm en límites; m o mm en 6.2
h Altura de entrepiso en 4.1; altura mojada en 5.2 mm en 4.1; m en 5.2
H, Δpr Peralte y deflexión máxima de prueba; 7.2 mm
p(z), γl, z Presión hidrostática, peso volumétrico del líquido y profundidad; 5.2 kPa; kN/m³; m
P Resultante hidrostática por unidad de longitud de muro; 5.2 kN/m
A Área tributaria para reducción de carga viva; 6.1 m²
εT, αT, ΔT Deformación térmica, coeficiente de dilatación y variación térmica; 6.2 1; K⁻¹; K
ΔL Movimiento térmico del tramo; 6.2 La misma longitud que L
E, σ Módulo de elasticidad y esfuerzo axial térmico; 6.2 kPa o MPa coherentes

La unidad 1 identifica una cantidad adimensional. Los índices i, j y k identifican el elemento, nivel, estrato, modo o grado de libertad indicado en cada expresión; no son unidades. Las letras reutilizadas conservan exclusivamente el significado del numeral señalado. Las funciones, sumatorias y constantes matemáticas, como π y la base e de la función exponencial, no son parámetros del proyecto. Las unidades de esta tabla no modifican las unidades prescritas junto a una expresión empírica.

1.2.3. Referencias. La identificación de las normas de materiales se sujetará a las referencias admitidas conforme al artículo 9 del Reglamento, con la edición, el alcance y las excepciones del instrumento que habilite su aplicación. Las referencias técnicas externas se identificarán por título, edición, apartados y condiciones de uso. Su empleo deberá estar previsto en el marco técnico aplicable en Oaxaca o admitido para el proyecto mediante el procedimiento de métodos alternativos del artículo 9 del Reglamento. Los mapas, la zonificación y los parámetros territoriales de otras jurisdicciones no sustituirán la caracterización del sitio en Oaxaca. La memoria justificará la compatibilidad entre acciones, resistencias, factores y criterios de aceptación; no se combinarán componentes de métodos incompatibles. Las actualizaciones de una edición externa no modificarán automáticamente la edición admitida para el proyecto.

Cuando una referencia complete una comprobación específica, se identificará su dominio de aplicación y las disposiciones de las que depende; la selección de un apartado exigirá cumplir las condiciones necesarias del método. La memoria identificará también las normas y los estándares que la referencia requiera para las propiedades, los ensayes y la aceptación, con la edición aplicable a cada comprobación. Se distinguirán las disposiciones normativas de los comentarios y ejemplos explicativos.

Las remisiones a órganos, autorizaciones o funciones profesionales de otra jurisdicción se resolverán conforme al artículo 9 del Reglamento y a las atribuciones aplicables en Oaxaca.

1.3. Clasificación de edificaciones y exigencias del proyecto

1.3. Clasificación de edificaciones y exigencias del proyecto

La importancia de la edificación será la del artículo 101 del Reglamento: grupo A por función esencial o consecuencias de falla; grupo B para construcciones comunes; y grupo C únicamente dentro del supuesto limitado que ese artículo establece. El uso, ocupación y justificación del grupo se consignarán en planos y memoria.

La clasificación de importancia se mantendrá en las cuatro normas. El tipo de suelo, regularidad sísmica, sensibilidad dinámica al viento y complejidad geotécnica se justificarán por separado. Un cambio de uso, aforo o almacenamiento requerirá comprobar si modifica la importancia y las exigencias.

Los factores de carga de esta Norma se aplicarán según su combinación y grupo. Los factores específicos de importancia sísmica o de periodo de retorno de viento se tomarán de sus respectivos métodos, identificando su función para evitar duplicaciones. Cuando una disposición técnica aplicable establezca subgrupos de revisión por altura o superficie, se identificarán el precepto, los umbrales y los efectos que autoricen su aplicación, conforme al artículo 101 del Reglamento. Este numeral no establece subgrupos adicionales a los definidos por esa disposición ni sustituye los grupos de importancia.

La ficha de clasificación se resolverá antes de seleccionar factores y contendrá uso por zona, número de niveles, altura, superficie, aforo, función posterior a una emergencia y consecuencias previsibles de interrupción o falla. En edificios con usos diferentes se comprobará si un cuerpo puede clasificarse independientemente por contar con separación y sistema resistente propios; de no ser así, se adoptará la exigencia del uso que gobierne el conjunto.

La clasificación por altura no se utilizará como sustituto de importancia ni como autorización de un método de análisis. Toda excepción deberá señalar la disposición que la permite y las condiciones que cumple el inmueble.

2.1. Tipos de acciones por duración

2.1. Tipos de acciones por duración

Las acciones se clasificarán como permanentes, variables o accidentales según su persistencia y variación durante la vida de la estructura. Se identificarán además acciones de construcción, montaje y mantenimiento cuando produzcan estados distintos de los de servicio.

Se incluirán las acciones derivadas del funcionamiento real del inmueble, aun cuando no figuren en los listados de usos. La clasificación quedará vinculada con las intensidades y combinaciones utilizadas.

Son permanentes el peso propio, componentes fijos, empujes persistentes y deformaciones impuestas de carácter duradero; son variables la ocupación, almacenamiento móvil, operación de equipos y variaciones de temperatura o nivel; son accidentales el sismo, viento y demás sucesos de duración breve que deba considerar el proyecto. La clasificación de las acciones del agua y de los equipos se determinará por su régimen real de presencia y operación; su denominación no será criterio suficiente.

Por cada acción se registrarán origen, localización, dirección, signo, intensidad, variabilidad y posible concurrencia. En la construcción se incluirán acopios, personal, apuntalamientos, colados, maniobras de izaje y retiro de apoyos. Las acciones omitidas por inexistencia física se distinguirán de aquellas cuya evaluación requiera un estudio adicional.

El inventario identificará, cuando correspondan al uso o a la exposición de la edificación, el impacto de vehículos, la explosión y el incendio, con el escenario y la referencia empleados para evaluar sus efectos estructurales.

2.2. Intensidades de diseño

2.2. Intensidades de diseño

Para cada acción se documentarán valor, unidad, distribución espacial, duración y fuente. Se distinguirán intensidades máximas, instantáneas o medias cuando el método las requiera, sin sustituir unas por otras.

Los equipos y almacenamientos se evaluarán con sus condiciones reales y futuras previstas; las acciones favorables a la estabilidad se tratarán con las intensidades y los factores del numeral 3.3 y, para cimentaciones, con las reglas específicas del mecanismo verificado. Las incertidumbres relevantes se reflejarán en la selección y justificación de valores.

Cuando un equipo tenga varios estados de operación, se identificarán las condiciones que generan las demandas determinantes y su posible concurrencia con otras acciones.

Wm se empleará para la demanda gravitacional máxima y los asentamientos inmediatos; Wa para la concurrencia con sismo o viento y las distribuciones instantáneas desfavorables; W para efectos diferidos. La asignación se sujetará al numeral 6.1; no se admitirán porcentajes de reducción sin fundamento en sus disposiciones.

Cuando la carga viva favorezca estabilidad contra flotación, vuelco o succión, se tomará igual a cero, salvo que se justifique una intensidad mínima efectivamente garantizada. Las cargas permanentes favorables se evaluarán con su valor mínimo probable. Se examinarán llenado y vaciado de depósitos, operación y reposo de equipos y ocupación alternada de claros cuando cambien el efecto determinante.

La selección de intensidad se registrará por comprobación:

Tabla 3. Intensidades de diseño.

Comprobación Intensidad de carga viva
Resistencia gravitacional y asentamiento inmediato Máxima, con la distribución más desfavorable pertinente
Concurrencia con sismo o viento Instantánea
Flecha y asentamiento diferidos Media, junto con la duración y secuencia de carga
Estabilidad cuando la ocupación resulte favorable Nula, salvo justificación del mínimo probable conforme a este numeral

El área tributaria y cualquier reducción admisible se identificarán para el elemento examinado. Una intensidad elegida para deformación diferida no se reutilizará como carga de resistencia gravitacional.

2.3. Combinaciones y enlace con sismo y viento

2.3. Combinaciones y enlace con sismo y viento

Combinaciones de falla. Para estados límite de falla se integrarán al menos:

I. Combinaciones ordinarias: acciones permanentes más variables, empleando la carga viva máxima Wm para las verificaciones que correspondan y la distribución que produzca el efecto desfavorable.

II. Combinaciones accidentales: acciones permanentes, variables con la intensidad instantánea Wa pertinente y una acción accidental determinante, como sismo, viento o granizo, examinando sentidos y efectos favorables y desfavorables. Para el granizo se aplicarán las hipótesis y exclusiones de concurrencia del numeral 6.1.

III. Etapas temporales: acciones presentes durante excavación, montaje y construcción, con el sistema resistente y apoyos efectivos de la etapa.

Combinaciones de servicio. En servicio se utilizarán las intensidades y combinaciones correspondientes a la respuesta examinada; los efectos diferidos incorporarán la intensidad media cuando proceda. Los factores se aplicarán conforme al numeral 3.3. La memoria mostrará acciones concurrentes, signos, posiciones, factores y combinación que gobierna cada estado límite. La no simultaneidad se justificará por el método y las condiciones de operación.

Concurrencia de acciones. Para cada combinación se conservará una lista de casos básicos y factores antes de calcular su envolvente. Cuando concurran variables diferentes se identificará la acción dominante con intensidad máxima y las acompañantes con la intensidad compatible del método; no se superpondrán máximos físicamente excluyentes. La reducción por no simultaneidad requerirá justificación expresa.

Sismo y viento se examinarán separadamente como acciones accidentales determinantes, salvo que una disposición específica o la condición de riesgo exija su concurrencia. La combinación accidental incluirá sus componentes ortogonales y signos conforme a la norma de la acción. Para equilibrio se separarán acciones desestabilizadoras y estabilizadoras con sus factores respectivos. Se revisarán por separado peso propio máximo para resistencia y mínimo para succión o flotación.

Expresiones de cálculo. Las combinaciones básicas del método de factores de carga del numeral 3.3 se determinarán mediante las siguientes expresiones. G representa el caso de acciones permanentes; Vₘ, Vₐ y V los casos de carga viva obtenidos al distribuir, sobre las áreas tributarias, las intensidades Wₘ, Wₐ y W, respectivamente; S y Vᵥ representan las acciones de sismo y viento antes del factor de carga de la combinación. Cada caso contiene magnitud, dirección, signo y punto o superficie de aplicación; no se sumarán directamente intensidades en kN/m² con fuerzas en kN.

Tabla 4. Combinaciones y enlace con sismo y viento.

Estado y condición Expresión del efecto que se verifica
Falla ordinaria, grupo B; grupo C conforme al numeral 3.3 Ed=E[1.4(G+Vm)]
Falla ordinaria, grupo A Ed=E[1.5(G+Vm)]
Falla accidental con sismo Ed=E[1.1(G+Va+S)]
Falla accidental con viento Ed=E[1.1(G+Va+Vv)]
Estabilidad, combinación accidental Ed=E[0.9Gf+1.1(Gd+Va+Ad)]
Servicio inmediato, bajo carga gravitacional máxima Es=E[G+Vm]
Servicio diferido Es=E[G+V]

E[ ] designa el efecto obtenido al analizar el conjunto de acciones indicado. En un modelo no lineal, las acciones factorizadas se aplicarán al modelo antes de resolverlo. En estabilidad, G_f y G_d son las partes favorables y desfavorables de las acciones permanentes, con sus signos; A_d es la acción accidental determinante. La carga viva favorable se tratará conforme al numeral 2.2. Para estabilidad bajo combinación ordinaria se sustituirá 1.1 por 1.4 o 1.5, según el grupo, se utilizará Vₘ desfavorable y se omitirá A_d.

Las expresiones de servicio inmediato y diferido no sustituyen las combinaciones de servicio por viento, sismo o temperatura. En cada una se emplearán las intensidades y el nivel de acción del estado de revisión correspondiente, con factor de carga 1.0. Las combinaciones de la tabla se complementarán con las demás variables, deformaciones impuestas y acciones de construcción que concurran. Para S se examinarán las direcciones y signos de la Norma de Sismo, y para Vᵥ las presiones globales y locales de la Norma de Viento. La comprobación de equilibrio conservará las acciones concurrentes de un mismo caso.

3.1. Estados límite

3.1. Estados límite

El diseño comprobará por separado los estados límite de falla y de servicio pertinentes. Se considerarán pérdida de equilibrio, inestabilidad, agotamiento resistente y mecanismos locales o globales, además de deformaciones, vibración y deterioro incompatible con el uso.

Se verificarán todos los estados límite aplicables, con independencia de que alguno haya sido identificado previamente. El modelo y las combinaciones utilizados deberán corresponder a la etapa y condición de operación evaluadas.

Cada comprobación identificará elemento o mecanismo, combinación, demanda, resistencia o límite admisible, cociente de utilización y resultado. La revisión global comprenderá deslizamiento, vuelco, flotación y estabilidad; la local incluirá flexión, cortante, fuerza axial, torsión, punzonamiento y conexión cuando sean pertinentes. Se comprobarán también pandeo y efectos de segundo orden en elementos y sistemas susceptibles.

La aceptación requerirá satisfacer todas las comprobaciones aplicables. Cuando una falle se modificará el sistema, sección, detalle o condición de carga y se repetirán las verificaciones que resulten afectadas.

3.2. Resistencias de diseño

3.2. Resistencias de diseño

Determinación de la resistencia. La resistencia de diseño se determinará para material, elemento, unión y mecanismo, con propiedades sustentadas por especificaciones, ensayes o evaluación de la estructura existente. Se distinguirán resistencia nominal, factor de resistencia y capacidad de diseño y se conservará su correspondencia con los factores de carga.

Referencias por material. La memoria identificará las normas de materiales admitidas conforme al artículo 9 del Reglamento, con su edición, apartados, factores, detallado y control de ejecución. Esta identificación se integrará en el expediente común, que bastará para documentarla. El proyecto identificará el acto que habilite su aplicación en Oaxaca o la autorización de la alternativa conforme al artículo 9 del Reglamento. La selección deberá satisfacer las condiciones del numeral 1.2.3 y permitir el acceso inequívoco al contenido utilizado.

En tierra, adobe y bajareque se documentarán composición y propiedades del sistema, humedad, estabilidad en y fuera del plano, conexiones, protección y mantenimiento. Su admisión se tramitará mediante el artículo 9 del Reglamento cuando el sistema quede fuera de los métodos expresamente regulados. Las pruebas y detalles deberán justificar seguridad y servicio y la trayectoria continua de cargas hasta la cimentación.

Para cada mecanismo, la resistencia de diseño se expresará mediante:

Rd=FRRn

donde Rn es la resistencia nominal obtenida con el modelo del material y FR el factor de resistencia compatible; no se aplicará FR nuevamente si la resistencia tabulada ya es de diseño. La memoria identificará geometría efectiva, propiedades características, condiciones de apoyo y modo de falla asociado.

Si la resistencia procede de ensayes, el programa establecerá representatividad de las muestras, número de especímenes, variabilidad, escala, condiciones de carga y criterio estadístico antes de conocer los resultados. Se evaluarán las diferencias entre prototipo y obra, la interacción con elementos vecinos y la repetición cíclica cuando sea determinante. Un ensayo aislado favorable no permitirá asignar por sí solo una resistencia de diseño a una producción o sistema completo.

La aceptación del método por material comprenderá, como mínimo:

Tabla 5. Resistencias de diseño.

Material o sistema Verificaciones y detalles indispensables
Concreto reforzado o presforzado Flexión, axial, cortante, punzonamiento y anclaje; confinamiento, empalmes, durabilidad y deformaciones diferidas
Acero y sistemas compuestos Resistencia y estabilidad de miembros; conexiones, pandeo local/global, arriostramiento y compatibilidad con concreto cuando corresponda
Mampostería Resistencia en y fuera del plano; confinamiento o refuerzo, uniones, vanos, diafragmas y calidad de piezas/mortero
Madera Humedad, duración de carga, estabilidad, conexiones, protección y respuesta del sistema lateral
Sistemas no comprendidos Propiedades, ensayes representativos, mecanismo resistente y procedimiento de alternativa del Reglamento

La selección de un documento para una de estas materias mantendrá exigible la comprobación de los demás mecanismos del mismo elemento. Cuando la norma de material suponga combinaciones o factores distintos de los de esta Norma, se comprobará la compatibilidad del conjunto de disposiciones antes de utilizar sus resistencias. La justificación identificará, para cada mecanismo afectado, las combinaciones de acciones, el modelo de resistencia, los factores, los límites de servicio y los requisitos de detallado y control que se aplicarán conjuntamente; podrá remitir a los cuadros existentes en la memoria. No se admitirán sustituciones aisladas de factores destinadas a reducir la exigencia de la comprobación.

3.3. Condiciones de diseño y factores de carga

3.3. Condiciones de diseño y factores de carga

Para el método de factores de carga se empleará la siguiente tabla, coordinada con las resistencias de diseño del material y el estado límite:

Tabla 6. Condiciones de diseño y factores de carga.

Verificación y condición Factor de carga FC
Falla, combinación ordinaria del numeral 2.3, grupo B 1.4
Falla, combinación ordinaria, grupo A 1.5
Falla, combinación accidental del numeral 2.3 1.1
Acción favorable a resistencia o estabilidad, con intensidad mínima probable 0.9
Estado límite de servicio 1.0

La comprobación de resistencia satisfará:

Ed≤Rd

donde Ed representa el efecto de las acciones factorizadas y Rd la resistencia de diseño del elemento o mecanismo, con unidades coherentes. Las acciones favorables se examinarán con su intensidad mínima probable y no con una carga máxima que incremente artificialmente la estabilidad.

El grupo C conservará el factor ordinario del grupo B salvo regla específica aprobada para su supuesto; la denominación de obra provisional no dará lugar a una reducción general. Los factores de resistencia se tomarán del método de material coordinado, y los métodos alternativos seguirán el procedimiento del artículo 9 del Reglamento. La verificación de servicio utilizará FC = 1.0 y sus propios límites e intensidades.

Los factores de carga se aplicarán a los efectos de las acciones conforme al procedimiento del análisis. En análisis no lineal se factorizarán las acciones antes de resolver el equilibrio cuando la superposición de efectos no sea válida. La memoria distinguirá el factor de importancia, el de carga, el de reducción por comportamiento y el de resistencia, con el fin de impedir sustituciones o dobles aplicaciones.

En cada resultado se indicará si la reacción o fuerza interna está factorizada. Los estudios geotécnicos recibirán tanto combinaciones de servicio como de falla, sin reconstruirlas a partir de una sola envolvente que haya perdido sus signos y concurrencia.

La memoria identificará en una tabla única los factores de carga, los factores de resistencia y las ediciones de las normas de materiales y geotecnia utilizadas. Los factores particulares de cimentaciones se aplicarán exclusivamente a los mecanismos y términos que su método defina. Una acción favorable al equilibrio global se distinguirá de un término de resistencia o de presión geostática incluido en la capacidad neta; la coincidencia de su origen físico no permite factorizarlo dos veces ni omitir la comprobación desfavorable.

Para un mismo apoyo se transmitirán al menos los casos concurrentes que gobiernen compresión, levantamiento, momento y acción horizontal, junto con los de servicio necesarios para deformaciones. El peso de cimentación y el agua se identificarán como incluidos o pendientes de añadir. El receptor no multiplicará nuevamente reacciones ya factorizadas ni combinará el máximo axial de un caso con el máximo momento de otro. Se comprobarán separadamente la pérdida de contacto, la capacidad portante y el equilibrio global; se requerirá el cumplimiento de las tres verificaciones.

4.1. Desplazamientos

4.1. Desplazamientos

Se calcularán deformaciones inmediatas y diferidas, con la secuencia de colocación de los componentes sensibles. Para servicio se aplicarán los siguientes límites del marco de criterios y acciones, con L y h en milímetros:

Tabla 7. Desplazamientos.

Respuesta Condición Límite
Flecha vertical Total, incluidos efectos de largo plazo L/240+5 mm
Flecha vertical Posterior a colocar elementos no estructurales frágiles que puedan dañarse L/480+3 mm
Desplazamiento horizontal relativo de servicio Con elementos frágiles ligados a la estructura h/500
Desplazamiento horizontal relativo de servicio Sin esos elementos ligados h/250

L es el claro del elemento y h la altura de entrepiso. Para voladizos, los límites de flecha de la tabla se duplicarán. La comprobación distinguirá flecha total y flecha ocurrida después de colocar los elementos susceptibles a daño.

Los límites sísmicos y de viento que regulen estados específicos se comprobarán en sus propias normas y combinaciones. El cuadro de servicio distinguirá el estado de revisión, la combinación y el componente protegido antes de comparar límites de distintas normas. Si dos exigencias obligatorias regulan la misma comprobación, se satisfarán ambas. Se revisarán además desplazamientos diferenciales, fachadas, instalaciones y juntas; un límite global satisfecho no acreditará por sí solo compatibilidad de cada componente.

La flecha se medirá respecto de la línea que une los apoyos desplazados y se distinguirá del asentamiento global. Se incluirán fisuración, fluencia, retracción y duración de las cargas conforme al material. Para elementos prefabricados o presforzados se registrarán contraflecha, tolerancias y evolución temporal; la revisión de deformación adicional que afecte componentes seguirá siendo exigible cuando exista contraflecha geométrica.

El cuadro de servicio identificará claro, altura, combinación sin factores de falla, instante de instalación del componente, desplazamiento calculado y límite. Las juntas, conexiones flexibles e instalaciones conservarán capacidad de movimiento después de considerar tolerancias de fabricación y montaje.

Los desplazamientos horizontales relativos de servicio por viento cumplirán los límites de esta tabla: h/500 con elementos frágiles ligados y h/250 sin ellos. La Norma de Viento, numeral 7.1, establece el cálculo y las comprobaciones complementarias. Un requisito más estricto de la fachada, junta o equipo regirá para ese componente. Los límites sísmicos se aplicarán a la respuesta recuperada y a las condiciones de separación establecidas en la Norma de Sismo, sin sustituirla por una deriva reducida de servicio.

!Flecha respecto de los apoyos desplazados. Esquema de un elemento simplemente apoyado; deformaciones amplificadas.

Figura 1. Flecha respecto de los apoyos desplazados. Esquema de un elemento simplemente apoyado; deformaciones amplificadas.

4.2. Vibraciones

4.2. Vibraciones

Cuando la ocupación, maquinaria o acción dinámica pueda afectar comodidad, funcionamiento o integridad, se determinarán frecuencias, amortiguamiento y respuesta. Se evaluarán aceleraciones y otros indicadores pertinentes según el uso y la referencia admitida. El modelo considerará masa y rigidez efectivas y posibilidad de resonancia. Las medidas de control se verificarán en las condiciones de operación previstas y no se limitarán a incrementar resistencia estática.

Se evaluará la excitación por marcha, actividades rítmicas, máquinas y equipos cuando su frecuencia o armónicos se aproximen a los modos de la estructura. La memoria consignará frecuencia natural, masa modal, amortiguamiento, amplitud de la excitación, aceleración máxima o ponderada y duración. Las flechas dinámicas no excederán los límites aplicables del numeral 4.1, además de cumplir el criterio de confort y operación que corresponda.

El proyecto establecerá antes del análisis la referencia y el indicador de aceptación para personas y equipos; ambos se comprobarán por separado. Si el cálculo depende de un aislamiento o amortiguador, se especificarán sus propiedades, anclaje, tolerancias, mantenimiento y verificación en puesta en servicio. Todo amortiguamiento adicional supuesto se respaldará con la identificación del mecanismo que lo produce.

Para pisos ocupados se identificarán la actividad excitadora, frecuencia y amortiguamiento del sistema, masa participante y puntos sensibles. La comprobación indicará si evalúa aceleración máxima, eficaz o ponderada, su intervalo temporal y el criterio de aceptación correspondiente al uso. El responsable del proyecto estructural justificará ese criterio mediante un procedimiento identificado, compatible con el material y con las condiciones de ocupación; el cumplimiento de la flecha estática no acreditará por sí solo el confort vibratorio.

4.3. Otros estados de servicio

4.3. Otros estados de servicio

Se examinarán fisuración, filtraciones asociadas a deformación, giros, asentamientos y movimientos que afecten durabilidad, instalaciones o uso. Los criterios de aceptación se vincularán con material, exposición y función del elemento. Se documentarán las hipótesis de largo plazo y las medidas de mantenimiento necesarias. Las verificaciones de servicio y la determinación de la reserva resistente se efectuarán aun cuando no se observen daños visibles.

Los elementos que contengan líquidos se revisarán por apertura de fisuras, deformación de juntas y estanqueidad con el nivel de operación y los estados de llenado y vaciado. En fachadas y acabados se comprobarán deformaciones relativas, distancias de apoyo y capacidad de conexiones; en instalaciones, movimiento de uniones y pendientes funcionales.

La memoria de servicio incorporará una tabla de elemento, fenómeno, límite adoptado, fuente y resultado. Para cimentaciones se utilizarán los asentamientos y giros compatibles con la superestructura y las colindancias; la comprobación del daño por asentamiento diferencial será exigible aun cuando se cumpla el límite de asentamiento total. Los límites dependientes del fabricante se respaldarán con documentación del producto previsto y se revisarán si éste cambia.

5.1. Cargas muertas y losas

5.1. Cargas muertas y losas

La carga muerta incluirá peso propio, muros, acabados, fachadas, instalaciones y equipos fijos. Por componente se registrarán volumen o espesor, peso unitario, ubicación y carga resultante en kN o kN/m². Para efectos desfavorables se utilizarán pesos máximos probables y, para estabilidad favorecida por peso, los mínimos probables.

Al peso calculado de losas de concreto de peso normal coladas en sitio se agregarán 0.2 kN/m². Al peso calculado de la capa de mortero de peso normal colocada sobre una losa colada o prefabricada se agregarán otros 0.2 kN/m²; cuando concurran ambos supuestos, el incremento total será 0.4 kN/m². Para materiales de peso volumétrico distinto, cada incremento se ajustará proporcionalmente al peso volumétrico correspondiente. Estos aumentos no se aplicarán cuando la carga muerta favorezca la estabilidad. Se anotarán separadamente del peso geométrico para evitar duplicarlos.

Los muros, depósitos y equipos se introducirán con su ubicación y distribución efectiva. Las cubiertas de tierra o teja se cuantificarán por material y espesor, considerando humedad cuando incremente la carga. El proyecto de vivienda progresiva señalará las ampliaciones previstas y sus cargas; una carga concentrada sólo se repartirá cuando el sistema de piso y sus conexiones puedan transmitirla como supone el modelo.

Para tierra, adobe, morteros, tejas y piedra natural sin peso unitario certificado, el peso se determinará a partir de muestras representativas del material y de las condiciones de humedad previstas. El registro relacionará masa, volumen, humedad y conversión a peso volumétrico; para sistemas de piezas y juntas se considerará su composición efectiva. Se evaluarán por separado la condición de mayor peso probable y la mínima que se pretenda utilizar como estabilizadora. No se asignará un valor único de peso unitario con base exclusivamente en la procedencia local o el nombre comercial del material.

5.2. Empujes de tierras y líquidos

5.2. Empujes de tierras y líquidos

Los empujes se evaluarán considerando geometría, propiedades del material, agua, sobrecargas, drenaje y movimiento admisible de la estructura. Se distinguirán condiciones activa, pasiva y de reposo según su compatibilidad con el desplazamiento previsto. El empuje hidrostático no se omitirá por proponer drenaje sin justificar su funcionamiento y mantenimiento. Los estados transitorios y la variación de niveles se coordinarán con la norma de cimentaciones.

Para un líquido en reposo, la presión a una profundidad dada se obtendrá mediante:

p(z)=γlz

donde p se expresa en kPa; γl es el peso volumétrico, en kN/m³; y z, la profundidad bajo la superficie libre, en metros.

En una pared vertical de altura mojada h, la resultante por unidad de longitud será:

P=γlh22

donde P es la fuerza por unidad de longitud de muro, en kN/m, y h se expresa en metros. La resultante actuará a h/3 del fondo. Esta expresión no incluye oleaje, flujo ni efectos sísmicos, que se agregarán conforme a la condición de operación.

La subpresión se integrará sobre el área efectivamente expuesta al agua. Se examinarán nivel máximo y mínimo, falla u obstrucción del drenaje y etapas de excavación. La contribución de empuje pasivo sólo se reconocerá cuando el suelo y el desplazamiento necesarios para desarrollarlo estén garantizados durante la condición que se verifica.

En predios expuestos a inundación, flujo u oleaje, el diseño incorporará una evaluación de esas acciones con niveles, velocidades, direcciones y duración sustentados en el estudio del sitio. Se comprobarán, según la exposición, arrastre, impacto de objetos transportados, flotación, socavación y pérdida de soporte, además de la presión hidrostática. El estudio distinguirá el estado anterior, durante y posterior al evento y justificará las acciones concurrentes. La expresión de líquido en reposo no se utilizará como sustituto de esas verificaciones.

6.1. Cargas vivas y cambios de uso

6.1. Cargas vivas y cambios de uso

Intensidades por destino. Las intensidades uniformes de carga viva serán las siguientes, en kN/m². W designa la intensidad media para efectos diferidos; Wa, la instantánea para concurrencia con sismo o viento y distribuciones desfavorables; y Wm, la máxima para diseño gravitacional y asentamiento inmediato.

Tabla 8. Intensidades de carga viva por destino.

Destino W (kN/m²) Wa (kN/m²) Wm (kN/m²)
Habitación y dormitorios: viviendas, hoteles, internados, cuarteles, cárceles, correccionales y hospitales 0.7 0.9 1.7
Oficinas, despachos y laboratorios 1.0 1.8 2.5
Aulas 1.0 1.8 2.5
Circulación peatonal de acceso libre al público 0.4 1.5 3.5
Estadios y reunión sin asientos individuales 0.4 3.5 4.5
Bibliotecas, templos, cines, gimnasios, restaurantes y reunión semejante 0.4 2.5 3.5
Azoteas sin uso distinto de conservación y mantenimiento, pendiente no mayor de 5% 0.15 0.7 1.0
Azoteas sin uso distinto de conservación y mantenimiento, pendiente mayor de 5% 0.05 0.2 0.4
Volados en vía pública 0.15 0.7 3.0
Garajes exclusivos para automóviles 0.4 1.0 2.5

En comercios, fábricas y bodegas, Wm se determinará por destino y almacenamiento y tendrá un mínimo de 3.5 kN/m²; se emplearán W = 0.8 Wm y Wa = 0.9 Wm. Muros, archivos, anaqueles y equipos de peso especial no incluidos en la tabla se cuantificarán separadamente. La carga de almacenamiento se indicará en planos y en placas visibles en los espacios correspondientes. En circulación interior de viviendas y departamentos se admitirá la carga del uso habitacional dentro de ese supuesto.

En hospitales, internados, cuarteles y establecimientos de reclusión, la fila de habitación se aplicará a los espacios de alojamiento. Los pasillos de acceso público, áreas de reunión, archivos, almacenes, laboratorios y locales con equipos se calcularán conforme a su uso específico y a sus cargas reales. La carga viva del local y el grupo de importancia de la edificación se determinarán por separado conforme a sus disposiciones respectivas.

Las escaleras y sus descansos se calcularán con las cargas correspondientes a la circulación que sirvan, conforme a las distinciones de uso de este numeral. En gradas y tribunas se identificará la ocupación aplicable y se examinarán, cuando correspondan, las acciones dinámicas de los asistentes conforme a los numerales 2.1 y 4.2.

Reducción por área tributaria. Sólo para elementos de habitación u oficinas con área tributaria A mayor de 36 m² podrá reducirse Wm mediante las expresiones siguientes.

Para habitación:

Wm=1.0+4.2A

Para oficinas se empleará el menor valor entre 2.5 y 1.1+8.5/A, con A en m²:

Wm=min(2.5,1.1+8.5A)

donde A se expresa en m² y Wm en kN/m². No se extenderá esta reducción a otros destinos ni a las cargas concentradas.

La reducción por área tributaria será opcional. Las cargas concentradas alternativas se comprobarán aun cuando se reduzca la carga uniforme.

Cargas concentradas y elementos de protección. En lugar de Wm se comprobará, cuando sea más desfavorable, una carga de 5 kN para habitación y 10 kN para oficinas, aplicada sobre 500 × 500 mm en la posición crítica.

En pisos ligeros con tres o más miembros aproximadamente paralelos, con separación máxima de 800 mm y unidos por una cubierta rigidizante, se comprobarán alternativamente a Wm las concentraciones de 2.5 kN en soportes y 1 kN en cubierta para habitación; y 5 kN y 1.5 kN, respectivamente, para oficinas. Se ubicará cada carga en la posición que produzca mayor efecto sobre el elemento examinado.

Pretiles y barandales se verificarán con al menos 1 kN/m al nivel del pasamanos y en la dirección más desfavorable.

En garajes, la carga de automóviles se complementará con una concentración de 15 kN en la posición crítica. Vehículos de mayor peso requerirán su propio esquema de ejes, cargas y maniobras.

Cubiertas y equipos fijos. Las azoteas destinadas a terrazas, patios de servicio, reunión, almacenamiento u otro uso regular se diseñarán con las cargas de ese uso; los valores reducidos para conservación y mantenimiento no se aplicarán a esos espacios. Se incluirán por separado tinacos, anuncios, equipos, jardineras y otras cargas localizadas, con sus apoyos y rutas de transmisión.

Las cubiertas se revisarán además con 1 kN concentrado.

Los equipos fijos, incluidos paneles solares y sus soportes, se incorporarán como cargas permanentes; la carga viva de mantenimiento no se reducirá por su sola presencia. Su instalación conservará los recorridos de desagüe y las condiciones de inspección previstas.

Granizo y encharcamiento. Para los valles de techos inclinados se comprobará la acumulación de granizo equivalente a 0.3 kN por cada m² de proyección horizontal que drene hacia el valle. Se examinará también la hipótesis de granizo de 1.0 kN/m² como acción accidental, sin sumarla a la carga de la cubierta inclinada ni a la hipótesis anterior; se conservará la envolvente desfavorable. El encharcamiento se calculará con geometría deformada, capacidad y posible obstrucción del desagüe.

Las hipótesis de granizo se integrarán como acciones accidentales determinantes conforme al numeral 2.3, fracción II, con el factor de carga del numeral 3.3. Se conservarán las hipótesis y exclusiones de concurrencia indicadas en este numeral.

La revisión de encharcamiento comprenderá los siguientes escenarios y comprobaciones:

I. Se localizarán desagües, rebosaderos, valles, pretiles y sectores que puedan retener agua, con sus cotas y áreas de aportación. II. Se determinará el nivel retenido con la capacidad de descarga y la obstrucción del desagüe principal que pueda ocurrir. Un rebosadero sólo limitará ese nivel si su cota, continuidad y descarga están comprobadas. III. Se obtendrá la presión del agua con su profundidad sobre la cubierta deformada, conforme al numeral 5.2, y se distribuirá sobre cada sector; no se distribuirá una acumulación local sobre la totalidad de la cubierta. IV. Se actualizarán deformaciones y profundidades hasta comprobar equilibrio estable. Si el aumento de flecha produce acumulación creciente sin equilibrio admisible, se modificará la rigidez, pendiente o desagüe y se repetirá la revisión. V. Se comprobarán los elementos, conexiones y apoyos afectados y se documentarán por separado los escenarios de agua y granizo, con sus combinaciones y criterios de concurrencia.

Etapas de construcción. Durante construcción se considerarán acopios, equipos, colados superiores y personal, con al menos 1.5 kN/m² por personal y una concentración de 1.5 kN en posición desfavorable, además de las cargas de la etapa.

Cambios de uso y crecimiento. Antes de cambiar uso, almacenamiento o equipo se comprobarán las nuevas intensidades y distribución.

Si se prevé crecimiento, el proyecto comprobará tanto el estado inicial como la configuración final: carga viva del uso futuro, peso de los niveles adicionales, muros e instalaciones y acciones de cada etapa de construcción. La revisión comprenderá la estructura y la cimentación existentes. La reserva para ampliación quedará identificada en planos y no se sustituirá por la carga de una cubierta accesible únicamente para mantenimiento.

Si la carga viva favorece la estabilidad, se aplicará la regla del numeral 2.2.

6.2. Temperatura

6.2. Temperatura

Se considerarán variaciones uniformes y gradientes térmicos cuando generen esfuerzos o deformaciones relevantes. La evaluación atenderá exposición, materiales, longitud, restricciones y secuencia de montaje. Las juntas o dispositivos de movimiento se diseñarán con capacidad compatible y se coordinarán con instalaciones y acabados. No se supondrá libertad de dilatación cuando los detalles constructivos o la interacción con otros elementos impidan el desplazamiento.

Para una variación uniforme ΔT se calculará la deformación libre mediante:

εT=αTΔT

El movimiento de un tramo de longitud L será:

ΔL=αTΔTL

donde αT es el coeficiente de dilatación del material, en K⁻¹; ΔT, la variación de temperatura, en K; y L, la longitud del tramo. Podrán utilizarse diferencias de temperatura en °C con el coeficiente en °C⁻¹, pues un incremento de 1 °C equivale a 1 K; no se sumará 273.15 a una diferencia de temperaturas. ΔL se expresará en las mismas unidades de longitud que L y εT será adimensional.

Si existe restricción, esa deformación se impondrá al modelo con la rigidez, apoyos y secuencia reales. Sólo para restricción axial completa, comportamiento elástico y temperatura uniforme corresponde:

σ=−EαTΔT

donde E es el módulo de elasticidad y σ el esfuerzo axial, expresados en unidades de presión coherentes. Se adopta tracción positiva: el calentamiento impedido, ΔT > 0, produce compresión; el enfriamiento impedido produce tracción. El signo se convertirá expresamente si el modelo utiliza otra convención.

Se examinarán también gradientes entre caras, diferencias entre materiales y temperatura de montaje o cierre de juntas. La memoria fijará intervalos, fuente climática, exposición y combinación concurrente; los detalles mostrarán movimiento disponible en ambos sentidos, incluidos sellos, apoyos e instalaciones.

Cuando la restricción sea parcial, la memoria identificará la rigidez de los elementos que la producen y resolverá conjuntamente equilibrio y compatibilidad de la deformación térmica. Se comprobará que el modelo reproduce los límites de dilatación libre, con esfuerzo axial nulo, y de restricción completa, con el signo definido en este numeral, dentro del supuesto elástico y uniforme. Las fuerzas obtenidas se transmitirán a apoyos, anclajes y uniones. Una liberación ideal sólo se admitirá si el detalle conserva el movimiento requerido durante la condición de diseño.

Las temperaturas máxima y mínima de cálculo se referirán al elemento estructural y a la temperatura de montaje, colado o cierre que genere la restricción. Se justificarán con información climática representativa del sitio y con la exposición solar, color, ventilación, protección y régimen de operación del elemento. La adopción de la temperatura del aire como temperatura de una cubierta expuesta requerirá justificación. Se verificarán calentamiento y enfriamiento y los gradientes entre caras con sus signos; en ausencia de una tabla regional se justificará la variación térmica, sin asignarle por esa causa un valor nulo.

!Dilatación libre y restricción completa ante calentamiento uniforme. Los símbolos corresponden a las ecuaciones del numeral.

Figura 2. Dilatación libre y restricción completa ante calentamiento uniforme. Los símbolos corresponden a las ecuaciones del numeral.

6.3. Deformaciones impuestas

6.3. Deformaciones impuestas

Se evaluarán efectos de retracción, fluencia, presfuerzo, asentamientos diferenciales y otras deformaciones impuestas pertinentes. La modelación considerará tiempo, rigidez, restricción y redistribución compatible con el sistema. Las deformaciones del terreno se obtendrán del estudio geotécnico y se transmitirán al análisis de superestructura cuando sean significativas. La memoria distinguirá deformación impuesta de carga externa para evitar omisiones o doble contabilización.

Cada deformación se introducirá como movimiento de apoyo, cambio de longitud, curvatura o deformación inicial según su origen. La memoria distinguirá valor inmediato y diferido, edad de carga, duración y restricciones, e indicará si se ha considerado relajación o redistribución. No se sumará nuevamente como fuerza externa el efecto ya generado por la deformación impuesta en el modelo.

Se analizarán las etapas de descimbrado, tensado, unión de cuerpos y cierre de juntas que cambien las restricciones. Si un apoyo asienta o gira de manera diferencial, se comprobarán fuerzas inducidas y compatibilidad de fachadas, instalaciones y elementos frágiles con el patrón de movimientos del estudio geotécnico.

6.4. Maquinaria

6.4. Maquinaria

El proyecto utilizará masa, frecuencia, fuerzas de operación, arranque y parada proporcionadas o justificadas para el equipo. Se verificarán resonancia, fatiga cuando corresponda, anclajes, aislamiento y transmisión a elementos vecinos. Las condiciones de mantenimiento y sustitución del equipo se documentarán. Un cambio de máquina o régimen de operación requerirá comprobar la vigencia del diseño, aunque el peso total permanezca igual.

El expediente del equipo contendrá masas fijas y móviles, posición del centro de gravedad, velocidades de operación, armónicos relevantes, fuerzas y momentos de desequilibrio, transitorios y límites de movimiento del fabricante. Cuando falten datos dinámicos no se sustituirán por una mayor carga estática sin demostrar equivalencia.

Se modelará el conjunto máquina, anclajes, pedestal y cimentación. Se comprobarán respuesta de arranque, régimen y parada, fatiga de uniones cuando corresponda y transmisión de vibraciones a la estructura o predios vecinos. La puesta en servicio verificará fijaciones y respuesta en los regímenes previstos; las mediciones y ajustes quedarán en el expediente de mantenimiento.

7.1. Supuestos y programa de prueba

7.1. Supuestos y programa de prueba

La prueba de carga se justificará por el objetivo de evaluación y no como sustituto automático del cálculo. El programa identificará elemento, condición previa, esquema de carga, etapas, instrumentación, criterios de aceptación y responsable.

La prueba procederá cuando una reconstrucción, rehabilitación, ampliación o cambio de uso deje incertidumbre que no resuelva la evaluación, cuando existan dudas justificadas sobre materiales o ejecución, o cuando se solicite conforme al Reglamento. Antes de aplicarla se verificará que el mecanismo que se pretende evaluar puede observarse sin comprometer zonas ajenas al ensayo.

Se analizarán antes los riesgos de daño y las medidas de estabilización. La magnitud y secuencia procederán del método técnico admitido; los criterios para interrumpir la prueba se definirán antes de iniciarla.

En elementos repetidos se ensayará una muestra representativa de al menos tres, distribuida en distintas zonas; si el conjunto contiene menos de tres, el programa justificará la evaluación de la totalidad. La intensidad total de prueba será 85% de la acción de diseño, incluidos sus factores. La sobrecarga aplicada se determinará descontando de la carga total de prueba la carga ya presente.

La zona cargada reproducirá el efecto más desfavorable en los elementos seleccionados. El programa contendrá etapas de incremento y descarga, duración, puntos y precisión de medición, personal, apuntalamiento de emergencia, umbrales de interrupción y criterio de aceptación; el responsable estructural lo suscribirá y el director responsable de obra coordinará su ejecución. Se obtendrá la autorización administrativa cuando una disposición aplicable la exija expresamente, identificando su fundamento. La aprobación técnica del programa no tendrá efectos de autorización administrativa. La prueba estática no acreditará por sí misma resistencia sísmica cíclica.

El programa justificará conjuntamente nivel de carga, duración, muestreo y aceptación para el material, edad y mecanismo examinado. Identificará la combinación de diseño de la que procede la carga y verificará previamente la capacidad de zonas no ensayadas que reciban las reacciones. Los criterios de interrupción prevalecerán sobre completar la carga prevista. Si no puede justificarse la compatibilidad del protocolo con el sistema, se definirá otro procedimiento conforme al artículo 9 del Reglamento antes de iniciar el ensayo.

7.2. Seguridad y evaluación

7.2. Seguridad y evaluación

Se registrará línea base, carga aplicada, tiempos, desplazamientos y recuperación, así como cualquier fisura o anomalía. Se controlará acceso y se interrumpirá la prueba cuando se alcancen los criterios de seguridad del programa. El informe comparará resultados con criterios preestablecidos y explicará alcance y limitaciones. La aceptación de un elemento no permitirá extrapolar resultados a condiciones de apoyo, material o carga distintas sin justificación.

Para verificar la seguridad ante cargas permanentes, la carga de prueba se mantendrá al menos 24 horas. Se medirán deformaciones iniciales, durante los incrementos y al descargar, así como recuperación a las 24 horas de retirar la sobrecarga. Colapso, falla local o incremento brusco de desplazamiento o curvatura obligarán a interrumpir, descargar de forma controlada cuando sea seguro y estabilizar.

La recuperación mínima será 75% de la deflexión producida por la prueba. Se compararán la deflexión máxima y la residual, medida a las 24 horas de retirar la sobrecarga, respecto de la misma línea base y punto de medición. No se utilizará la deflexión acumulada anterior a la prueba como denominador para acreditar la recuperación. El informe registrará por separado los instantes de aplicación, retiro y lecturas. Si no se alcanza sin haber ocurrido una falla que haga insegura la repetición, se evaluará una segunda prueba que no comenzará antes de 72 horas después de terminar la primera. Si a las 24 horas de la segunda descarga la recuperación tampoco alcanza 75%, el resultado será no satisfactorio. La repetición requerirá que el responsable estructural compruebe y documente previamente las condiciones de seguridad. La persona ejecutora interrumpirá la prueba al alcanzar un umbral de interrupción o advertir peligro inmediato, aplicará las medidas previstas y avisará al director responsable de obra y al responsable estructural. Este último interpretará los resultados y suscribirá la evaluación; el director responsable de obra registrará su incorporación y las correcciones procedentes.

Como criterio alternativo para miembros horizontales, podrá justificarse la aceptación si la deflexión máxima satisface la siguiente desigualdad, con todas las longitudes en milímetros:

Δpr≤2+L220000H

donde Δpr es la deflexión máxima producida por la prueba, L es el claro y H el peralte, todos en mm. En voladizos se tomará L igual al doble del claro libre. Esta alternativa no dispensará reparar fisuración o daño excesivo ni acreditar que no existió un modo frágil. Todo resultado no satisfactorio dará lugar a evaluación, proyecto de corrección y nueva comprobación; el informe conservará lecturas originales, tiempos, fotografías y decisión fundada.

7.3. Pruebas de pilotes

7.3. Pruebas de pilotes

Las pruebas destinadas a capacidad y comportamiento de pilotes o pilas se regularán por la norma de cimentaciones, incluyendo interacción suelo–elemento y condiciones de instalación. Una prueba de superestructura no acreditará capacidad geotécnica del conjunto. Cuando ambos programas se relacionen, la memoria explicará qué propiedad evalúa cada prueba y cómo se evita atribuir a una medición un alcance que no posee.

El programa de pilotes distinguirá ensayos de compresión, tensión y carga lateral según las demandas que deban verificarse. Las pruebas de integridad no se considerarán equivalentes a una prueba de capacidad ni el resultado de un pilote aislado acreditará automáticamente el comportamiento del grupo. El informe se vinculará con el registro de instalación, estratigrafía, edad y condición del elemento ensayado.

La interpretación y los criterios de aceptación se establecerán conforme al numeral 5.5 de la Norma de Cimentaciones antes de iniciar la prueba. Los resultados incompatibles con el modelo obligarán a revisar capacidad, deformaciones y elementos representados por el ensayo.

8.1. Memoria común

8.1. Memoria común

El expediente estructural único reunirá la memoria, los planos, las especificaciones y los registros exigibles por las cuatro normas. Podrá integrarse mediante documentos vinculados por un índice común, con identificación de versión, fecha y responsable; no se exigirá reunirlos en un solo archivo ni reproducir un documento ya incorporado por referencia. Cada especialidad conservará la autoría, el alcance y las firmas de su intervención.

Organización del expediente. Su contenido se distribuirá en las secciones siguientes, según las comprobaciones y etapas aplicables:

I. Datos y decisiones comunes: clasificación del edificio y del sitio, geometría, materiales, referencias y ediciones, unidades, inventario de acciones y fuentes, combinaciones y hoja de coordinación del numeral 8.2. II. Estudios y cálculos: modelos, hipótesis, entradas y verificaciones de acciones, sismo, viento y cimentaciones, con los estudios especializados que correspondan. III. Resumen de cumplimiento: resultados de falla y servicio, casos gobernantes y relación con los planos y detalles. IV. Planos y especificaciones: solución proyectada, condiciones que deban confirmarse en obra, procedimiento, controles y decisiones que requieran intervención de especialistas. V. Ejecución, entrega y seguimiento: registros, ensayes, incidencias, planos finales y programas de observación exigibles en cada etapa.

Las fichas de sitio, equipos, parámetros, coeficientes y reacciones y las hojas de decisiones se incorporarán en la sección correspondiente o se localizarán desde ella por referencia inequívoca. Los datos comunes se registrarán una sola vez y cada especialidad identificará la versión utilizada. Las hipótesis que requieran confirmación en obra se relacionarán con planos y especificaciones.

Resultados y aceptación. El resumen de cumplimiento tendrá una fila por comprobación con elemento, etapa, combinación, demanda, resistencia o límite, cociente de utilización y plano asociado. Cada fila identificará por referencia los datos de entrada, el método y su edición, las condiciones y límites de aplicación, el criterio de aceptación, los resultados y el responsable de la comprobación. Se utilizarán los documentos ya integrados en el expediente, sin reproducir sus datos. Los casos desfavorables conservarán signos y concurrencia, además de sus máximos. Las fichas de equipos, propiedades de materiales y referencias por edición se localizarán en el índice común mediante la referencia a su sección de origen.

Modelos y comprobación. Los archivos de cálculo incluirán versión del programa, unidades, entrada y resultados suficientes para reproducir el análisis. La memoria explicará apoyos, liberaciones, rigidez y distribución de masas o cargas y consignará comprobaciones independientes de peso total, equilibrio, reacciones y mecanismos principales. El índice común relacionará cada resultado gobernante con el caso de carga, el modelo, su versión y el plano de detalle. El registro de observaciones identificará la incompatibilidad, el responsable de atenderla y la evidencia de atención. No se declarará cumplimiento integral mientras permanezcan sin definir datos o métodos que determinen fuerzas, capacidad o deformación.

Las comprobaciones del modelo incluirán un caso de solución conocida o una vía de cálculo distinta para las respuestas que gobiernen. Se registrarán hipótesis, entradas, unidades, resultado de referencia, diferencia y tolerancia justificada. Cuando la respuesta dependa de la discretización, se verificará su estabilidad al refinarla en las zonas pertinentes. La coincidencia en un caso de prueba no acreditará por sí sola otros esquemas de carga, apoyos o comportamiento del material; tampoco sustituirá la confrontación de cada demanda con su límite de aceptación.

Contenido proporcional al método. El contenido se ajustará al método realmente utilizado. En proyectos resueltos mediante procedimientos manuales o simplificados admisibles, las hojas de cálculo, croquis y tablas de comprobación podrán integrar la memoria sin un modelo informático adicional. La comprobación de discretización sólo será exigible cuando se emplee un modelo cuya respuesta dependa de ella. En todos los casos se conservarán las cargas, la trayectoria resistente, el equilibrio y las verificaciones que gobiernen. Los análisis dinámicos, no lineales y de sistemas especiales incluirán las comprobaciones adicionales propias de esos métodos. La forma de presentación, firma y entrega administrativa será la prevista en el Reglamento.

8.2. Coordinación entre normas

8.2. Coordinación entre normas

Conciliación de datos. Antes de emitir los planos, el responsable estructural y el responsable geotécnico, con intervención de quienes diseñen los componentes e instalaciones afectados, conciliarán la hoja común de datos, decisiones e intercambio del expediente previsto en el numeral 8.1. La hoja identificará importancia, uso, vida de proyecto adoptada, geometría, materiales y normas con sus ediciones, fuentes de peligro, clasificación del sitio y del subsuelo, masa, cargas, combinaciones, convención de unidades, apoyos, rigideces y acciones transmitidas al suelo.

Identificación y unidades de intercambio. Cada dato indicará valor, unidad, fuente, responsable, versión y documento receptor. Se distinguirán el grupo de importancia, el tipo de suelo sísmico y la categoría de investigación geotécnica, sin deducir una clasificación de otra; asimismo, peso, masa y fuerza, valores característicos, de servicio y de diseño y factores incluidos. La masa sísmica procederá de las intensidades pertinentes y la presión de viento de las condiciones de exposición. Las reacciones se identificarán por combinación de servicio o falla, con sus signos y acciones concurrentes.

Los cambios de arquitectura, uso, equipo, cubierta, sistema resistente o terreno se registrarán con las comprobaciones afectadas, los cálculos repetidos y los resultados sustituidos. Cada especialidad utilizará la misma versión de los datos comunes; la memoria, los planos y las especificaciones describirán la solución conciliada. Las discrepancias se resolverán antes de emitir los planos afectados. La conformidad de una disciplina no acreditará cumplimiento integral mientras subsistan incompatibilidades.

La hoja podrá integrarse al resumen de cumplimiento mediante referencias a datos y cálculos existentes. Las denominaciones de ficha, hoja de decisiones o cuadro de intercambio no exigirán documentos adicionales cuando sus campos y responsables estén identificados en ese registro común.

Tabla 9. Responsables de elaboración y comprobación de las entregas.

Entrega Quien elabora y suscribe Quien comprueba su incorporación
Acciones, combinaciones, masas, cálculo sísmico y de viento Responsable del proyecto estructural; los autores de estudios especializados suscriben su alcance Responsable geotécnico recibe reacciones; corresponsable o revisor interviene cuando sea exigible
Modelo geotécnico, suelo sísmico, capacidades y movimientos Responsable geotécnico Responsable estructural comprueba apoyo, interacción y deformaciones; ambos suscriben la ficha común de sitio
Elementos y conexiones de cimentación Responsable estructural, con parámetros y reacciones conciliados con el geotécnico Cada especialista comprueba su parte y devuelve las discrepancias antes de emitir planos
Componentes, equipos, fachadas y anclajes Autor del diseño del componente y sus conexiones; suministrador identifica datos de su producto Responsable estructural comprueba el soporte receptor; director responsable de obra verifica incorporación e instalación dentro de su intervención
Modificaciones durante la obra Autor de la solución modificada y especialistas cuyos resultados cambian Director responsable de obra coordina y registra; persona ejecutora aplica la versión procedente
Seguimiento durante el uso Especialista que define e interpreta cada variable; responsable estructural evalúa sus efectos en la construcción Propietario o poseedor recibe, conserva y encarga el seguimiento; el programa identifica quien mide, avisa y ejecuta medidas

La hoja común identificará por combinación fuerzas y momentos concurrentes, unidades, ejes, punto de reducción y factores ya incluidos. Indicará si contiene peso del cimiento, rellenos y agua. El responsable estructural entregará las reacciones; el geotécnico confirmará los casos recibidos y devolverá capacidades, rigideces y movimientos con su alcance. Si cambia el apoyo o la distribución de reacciones, ambos actualizarán sus resultados. La revisión de especialidad, cuando proceda, identificará a quien la efectúa y la versión examinada.